miércoles, 10 de febrero de 2010

Cosas importantes

Bien, he detectado que la gente suele confundir términos en el aspecto jurídico porque se han ido difuminando con su mal uso. Pues bien, he aquí algunos ejemplos:

- hipoteca: "Tengo que pagar 20 años de hipoteca" meeeeccc error, lo que se paga es el crédito que el banco te otorga para comprar la casa. La denominada y mal usada hipoteca es un derecho real de garantía que permite al banco quedarse con la casa en caso de impago por parte del comprador y por tanto deudor de la propia entidad bancaria. Así pues, lo que se paga como vemos no es la hipoteca, ésta es sólo una garantía.
-secretario judicial: el secretario judicial NO es bajo ningún concepto el subordinado del juez. El juez es el juez y el secretario judicial, el secretario judicial. Es decir, el secretario judicial es el notario o fedatario público del juzgado o tribunal. Sus funciones básicamente corresponden a dar fé de los hechos y alegaciones que concurran en los juicios, organiza todo el juzgado y es el que realiza las sentencias (evidentemente la decisión o fallo corresponde al juez). El término secretario no debería distorsionar lo que en verdad conlleva ese puesto.
-impuestos y tributos: no, no son lo mismo xD Los impuestos son tributos exigidos sin contraprestación cuyo hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos que ponen de manifiesto la capacidad económica del contribuyente mientras que los tributos son ingresos públicos de Derecho Público que consisten en prestaciones pecuniarias exigidas por una Administración Pública como consecuencia de la realización del hecho imponible y con el fin de obtener los ingresos necesarios para el sostenimiento de los gastos públicos.
-homicidio y asesinato: también son dos conceptos distintos... el homicidio consiste en matar a una persona (ejemplo: disparo la pistola y mato a alguien del balazo) mientras que el asesinato también se caracteriza porque se provoca la muerte de alguien pero para que se dé, deben concurrir los siguiente elementos: precio o recompensa, ensañamiento y/o alevosía. Para que se califique como asesinato deberá concurrir una, dos o todos estos elementos. (Ejemplo: cojo un cuchillo y le doy 30 puñaladas a la víctima. Ojo aquí porque el ensañamiento es el aumento deliberado e inhumanamente del dolor de la víctima, por lo que si la víctima muere en la puñalada 20 se considerará asesinato pero si muere en la primera puñalada por haber sido certera se consideraría homicidio. (Estamos hablando en este caso del elemento del ensañamiento, es obvio que si concurren los demás pues a pesar de haber muerto en la primera puñalada se considerará asesinato). Así pues, podemos ver que el homicidio lleva una pena inferior al asesinato).

Bueno, espero que haya sido algo constructivo.

2 comentarios:

  1. Vaya XD Veo que te has propuesto formar parte de una blogosfera jurídica y prodigar el conocimiento ^^ ¡Me gusta! Así aprende uno XD

    ResponderEliminar
  2. Sip, creo que dar ciertos conocimientos, aunque sean pinceladas de algo que tanto suele ser rechazado de entrada pero a la vez algo tan necesario pues no esta mal... me gusta xD

    ResponderEliminar